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La justicia aparece definida en el Diccionario de la Real Academia como una de las cuatro virtudes cardinales, que inclina a dar a cada uno lo que le pertenece o corresponde, siendo un conjunto de todas las virtudes, y califica como buena a la persona que la posee. En su amplio sentido es conceptuada como derecho, razón, equidad, aquello que debe hacerse según el derecho o la razón, y que regula la igualdad o proporción que debe haber entre las cosas. Otros diccionarios la plantean como es el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos e instituciones. Se supone que en toda sociedad humana, la mayoría de sus miembros tienen una concepción de lo justo, y se considera una virtud social el actuar de acuerdo con esa concepción. La Justicia se equivalencia con la ética, la equidad y la honradez, y todas las virtudes están comprendidas en la justicia. En definitiva, la justicia es el arte de dar lo justo o hacer lo justo a un individuo, basándose en los principios del derecho, sin tener ningún tipo de discriminación o preferencia hacia ninguna persona. Desde el punto de vista social la justicia comprende el conjunto de decisiones, normas y principios considerados razonables de acuerdo con el tipo de organización de la sociedad en general, o de un grupo social determinado, e implica, por lo tanto, el tipo de objetivos colectivos que deben ser perseguidos, defendidos y sostenidos, y el tipo de relaciones sociales consideradas admisibles La justicia está relacionada con una gama infinita de valores, como son la honestidad, la razón, la responsabilidad, la comprensión, la solidaridad, la honradez, entre muchos otros. |
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