NUESTRO MODELO DE CENTRO
CAPITULO 3
LA EDUCACIÓN DE LA PRIMERA INFANCIA EN LOS
INFORMES INTERNACIONALES
No es hasta principios del siglo XX que la vida
de los niños fue considerada de interés o preocupación por la comunidad internacional.
Así, en el año 1920, surge la Unión Internacional de Socorro a los Niños, que
luego refrenda en 1923 la primera Declaración de los Derechos del Niño. Esta
Declaración, que fue llamada Ginebra Uno, fue aprobada por la 5ª Asamblea General
de la entonces Sociedad de Naciones, en 1924.
Esta Declaración contenía cinco principios fundamentales
para la atención y cuidado del niño, a saber:
a) que el niño debería tener la posibilidad
de un desarrollo normal, físico y psíquico;
b) que un niño hambriento debería ser
alimentado;
c) que un niño maltratado, debía ser
atendido;
d) que un niño enfermo, tenía que ser
cuidado;
e) si un niño es huérfano o abandonado,
ha de ser atendido.
Además, la Declaración de Ginebra estableció
que los niños, en caso de cualquier catástrofe, deberían ser los primeros asistidos.
Que de igual manera, se debía prohibir el trabajo de los niños y protegerles
contra cualquier tipo de explotación. Y que los niños debían ser educados en
la convicción de que la mejor virtud es servir a su prójimo.
La Declaración de Ginebra fue un extraordinario
paso de avance en lo referente a la atención y cuidado del niño como ser humano,
descansando fundamentalmente en el aspecto de su cuidado como individuo, sin
incidir directamente en su derecho a la educación. Este derecho se recoge
en la Declaración Universal de los Derechos del Niño, documento primero que
establece lo que el niño como ser humano requiere para un normal crecimiento
y desarrollo y su conversión en un ciudadano apto, intelectualmente y afectivamente
capaz, y competente para jugar el papel social que le corresponde en el mundo
actual.
Esta Declaración, aprobada por la Asamblea General
de las Naciones Unidas en 1959, establece entre algunos de sus considerandos
que las Naciones Unidas han proclamado en la Declaración Universal de Derechos
Humanos que toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en
ella, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión
política o de cualquiera otra índole, origen nacional o social, posición económica,
nacimiento o cualquiera otra condición, y que el niño por su falta de madurez
física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida
protección legal, tanto antes como después del nacimiento, y considerando
que la humanidad debe al niño lo mejor que puede darle, proclamó que para
que este pueda tener una infancia feliz y gozar, en su propio bien y en bien
de la sociedad, de los derechos y libertades que en ella se enuncian, insta
a los padres, a los hombres y mujeres individualmente y a las organizaciones
particulares, autoridades locales y gobiernos nacionales a que reconozcan esos
derechos y luchen por su observancia con medidas legislativas y de otra índole
adoptadas.
Para ello establece una serie de principios
que materializan las intenciones de estos considerandos, entre los que ya mas
referidos de manera directa o indirecta al niño y su derecho a su atención y
educación se encuentran:
“El niño disfrutará de todos los
derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a
todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos
de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole,
origen nacional o social, posición económica, nacimiento y otra condición, ya
sea del propio niño o de su familia”. (principio 1)
Agregando que por su falta de madurez física
y mental:
“El niño gozará de una protección
especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por
la Ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental,
moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones
de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental
a que se atenderá será el interés superior del niño”. (principio 2).
En este sentido agrega que:
“El niño, para el pleno y armonioso
desarrollo de su personalidad necesita amor y comprensión. Siempre que deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en
todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre.
La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de
cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados
de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas
conviene conceder subsidios estatales o de otra índole”. (principio 6).
Para garantizar estos propósitos se hace necesario
el concurso educativo. La Declaración en este sentido establece:
“El niño tiene derecho a recibir
educación que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales.
Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones
de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual,
su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil
de la sociedad.
El interés superior del niño debe ser
el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación;
dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.
El niño debe disfrutar plenamente de juegos
y recreaciones, los cuales deberán estar orientados hacia los
fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se
esforzaran por promover el goce de este derecho”. (principio 7).
Para el logro de todo esto concluye que:
“El niño debe ser protegido contra
las practicas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa
o de cualquiera otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal,
y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio
de sus semejantes”. (principio 10).
Tomando como base esta Declaración, en noviembre
de 1989 se refrenda la Resolución 44/25 sobre la Convención de los Derechos
del Niño y que en mas de cincuenta artículos establece de manera firme y clara
que a partir del hecho reconocido de que la infancia tiene derecho a cuidados
y asistencias especiales, que el niño debe recibir la protección y asistencia
necesarias, que ha de crecer en el seno de una familia en un ambiente de felicidad,
amor y comprensión, que debe ser educado y preparado para la vida, y recordando
sus derechos sociales y jurídicos, insta a los Estados a respetar estos derechos
y a asegurar su aplicación, para lo cual han de tomar las medidas apropiadas
para garantizar el compromiso que asumen en esta Convención.
La Convención explicita de manera amplia todas
las acciones necesarias a llevar a cabo para el mejor desarrollo del niño, de
la cual, por su marcada relación a los fines de este documento se extraen algunas
ideas principales de su articulado:
“Los Estados Partes se comprometen
a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar,
teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas
responsables de él ante la ley, y con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas
y administrativas que estimen pertinentes”... (artículo 3).
“Los Estados partes reconocen el
derecho del niño al disfrute del mas alto nivel posible de salud y servicios”...
(artículo 24).
“Los Estados Partes reconocen el
derecho de todo niño a un nivel adecuado para su desarrollo físico, mental,
espiritual, moral y social”... (artículo 27).
Por su relación con la educación y el desarrollo
sano del niño, es indispensable reflejar también lo siguiente:
“Los Estados Partes reconocen el
derecho del niño a la educación”... (artículo 28).
“Los Estados Partes convienen en
que la educación del niño deberá estar encaminada a:
a) Desarrollar la personalidad, las aptitudes
y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades;
b) Inculcar al niño el respeto de los
derechos humanos y las libertades fundamentales y de los principios consagrados
en la Carta de las Naciones Unidas;
c) Inculcar al niño el respeto de sus
padres, de su propia identidad cultural, de su idioma y sus valores, de los
valores nacionales del país en que vive, del país de que sea originario
y de las civilizaciones distintas de la suya;
d) Preparar al niño para asumir una vida
responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia,
igualdad de los sexos y amistad entre todos los pueblos, grupos étnicos, nacionales
y religiosos y personas de origen indígena;
e) Inculcar al niño el respeto del medio
ambiente natural. (todas las cláusulas del artículo 29)
“Los Estados Partes reconocen el
derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades
recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural
y en las artes” (artículo 31).
Sin embargo, en todas estas resoluciones
se destaca a la niñez en su conjunto, sin particularizar específicamente en
la primera infancia. Es a partir de la Conferencia Mundial Educación para
Todos, celebrada en Jomtiem, Tailandia, en marzo de 1990, que esto, a partir
de los principios generales planteados en la Convención, se precisa en términos
mas detallados. Así, la Conferencia Mundial EDUCACIÓN PARA TODOS, acuñó
la noción de necesidades básicas de aprendizaje como un concepto que
abarca:
“Tanto las herramientas esenciales
para el aprendizaje (como la lectura y la escritura, la expresión oral, el cálculo,
la solución de problemas) como los contenidos básicos de aprendizaje y desarrollo
(conocimientos teóricos y prácticos, valores y actitudes) necesarios para que
los seres humanos puedan sobrevivir, desarrollar plenamente sus capacidades,
vivir y trabajar con dignidad, participar plenamente en el desarrollo, mejorar
la calidad de su vida, tomar decisiones fundamentales y continuar aprendiendo”.
La escuela universal implícita en dicha noción,
significa que todos accedan a un cuerpo común de conocimientos y valores, que
ha de contener las destrezas requeridas para que quienes lo deseen puedan seguir
avanzando hacia niveles más exigentes de comprensión y análisis. Para que esto
sea posible, en los primeros años de la vida deben asegurar precisamente aquellas
competencias básicas.
En la Declaración Final se incluyó, como elemento
central de la ampliación de los medios y el alcance de la educación básica,
lo siguiente:
“La educación comienza con el nacimiento.
Ello exige el cuidado temprano y la educación inicial de la infancia, lo que
puede conseguirse mediante medidas destinadas a la familia, la comunidad o las
instituciones, según convenga”.
Asimismo, el marco de acción resultante de esta
importante reunión recomendaba:
“La expansión del cuidado a la primera
infancia y las actividades de desarrollo, incluyendo intervenciones por parte
de la comunidad y la familia, especialmente para niños pobres, desfavorecidos
e incapacitados”.
Reafirmando el significado de esta Declaración
Mundial, en junio de 1996 se publicó, en diversos e importantes diarios del
mundo, el artículo “La educación, la mejor inversión” suscrito por
los máximos dirigentes de la UNESCO, de UNICEF, del Banco Mundial, del Programa
de Naciones Unidas para el Desarrollo y del Fondo de Población de las Naciones
Unidas. En dicho artículo, estas personalidades expresaron que resulta inaceptable
que en el mundo se gaste, en aquellas fechas, 800 billones de dólares anuales
en armas y que no haya capacidad de destinar unos 6 billones de dólares por
año para que en el año 2000 todos los niños en edad escolar puedan estar en
la escuela.
En línea y tal vez a continuación con lo anterior,
se realiza el informe “La educación encierra un tesoro” por
una Comisión Internacional sobre la Educación para el siglo XXI patrocinada
por la UNESCO en 1996. Esta Comisión, presidida por J. Delors, trató de resolver
una cuestión fundamental que engloba todas las demás: ¿Qué tipo de educación
será necesario mañana y para qué tipo de sociedad?
Para hacer frente a los retos del siglo XXI,
se plantea como indispensable asignar nuevos objetivos a la educación y, por
consiguiente, modificar la idea que nos hacemos de su utilidad. Plantea trascender
una visión puramente instrumental de la educación, percibida como la vía obligada
para obtener determinados resultados (experiencia práctica, adquisición de capacidades
diversas, fines económicos) y, más bien, considerar su función en toda su plenitud
asociada a la realización de la persona. “La educación –agrega–
constituye un bien colectivo que no puede regularse mediante el simple funcionamiento
del mercado”. “La finalidad principal de la educación es el pleno
desarrollo del ser humano en su dimensión social”. La educación a lo largo
de toda la vida y la necesidad de avanzar hacia una “sociedad educativa”
son, a juicio de la Comisión Delors, elementos claves para entrar al siglo XXI.
La educación a lo largo de la vida no es
un ideal lejano. Es un imperativo democrático. Con ella se pretende que
cada individuo ejerza la capacidad de dirigir su destino en un mundo en que
la aceleración del cambio, acompañada del fenómeno de globalización, tiende
a modificar la relación de hombres y mujeres con el tiempo y el espacio.
Una contribución central de este informe es
su caracterización en cuatro aprendizajes fundamentales o pilares del conocimiento,
indispensables para que una educación de este tipo pueda cumplir el conjunto
de funciones que le demanda el siglo XXI:
- Aprender a conocer. Dada la rapidez de los
cambios inducidos por el progreso de la ciencia y las nuevas formas de actividad
económica y social, es indispensable tratar de combinar una cultura general
suficientemente amplia con la posibilidad permanente de profundizar conocimientos
en un reducido número de materias. Esta cultura general sigue siendo lo
más importante en el hecho educativo pues contribuye como pasaporte para
una educación permanente, sentando las bases y dando alicientes para aprovechar
las posibilidades y desarrollar distintas expresiones que ofrece la educación
a lo largo de la vida.
- Aprender a hacer. Más allá del aprendizaje
de un oficio o de una profesión, se requiere adquirir, en un sentido
más amplio, competencias que permitan hacer frente a nuevas situaciones.
- Aprender a ser. El siglo XXI demanda una
mayor capacidad de autonomía y de juicio, una mayor responsabilidad personal
en la realización del destino colectivo.
- Aprender a vivir juntos. Clave para la construcción
de la paz y de un mundo tolerante. Será necesario la creación de nuevos
sistemas educativos que desarrollen un mejor conocimiento de los demás,
de su historia, de sus tradiciones y costumbres, de sus lenguas y de su
espiritualidad. Aprender a convivir alentará la realización de proyectos
comunes y una gestión pacífica e inteligente de los conflictos entre personas
y países.
La Comisión Delors asigna a la educación básica
la connotación de “un pasaporte para toda la vida”, subrayando
la importancia de la educación de la primera infancia con estas frases:
“Además del inicio de socialización
que los centros y programas permiten efectuar, se ha podido comprobar que los
niños a los que se les imparte una educación destinada especialmente a la primera
infancia están más favorablemente dispuestos hacia la escuela y es menos probable
que la abandonen prematuramente que los que no han tenido esa posibilidad. Una
escolarización iniciada tempranamente puede contribuir a la igualdad de oportunidades
al ayudar a superar los obstáculos iniciales de la pobreza o de un entorno social
o cultural desfavorecido. Puede facilitar considerablemente la integración escolar
de los niños procedentes de familias inmigradas o de minorías culturales o lingüísticas.
Además, la existencia de estructuras educativas que acogen a niños en edad preescolar
facilita la participación de las mujeres en la vida social y económica”.
Sin embargo, de lo anterior, el Informe Delors
lamenta que la educación de la primera infancia esté todavía muy poco desarrollada
en la mayoría de los países, y que aún en los más industrializados hay mucho
por hacer. Sugiere la generación de programas de bajo costo en el marco de
servicios comunitarios con fuerte presencia de padres, en particular, en
aquellos países de escasos recursos.
Conscientes de la necesidad de políticas
educativas de largo plazo y de mecanismos que puedan garantizar la estabilidad
y duración de los programas educativos, los miembros de la Comisión Delors destacan
la ineludible función del Estado en la educación (bien colectivo que debe ser
accesible a todos y que no puede someterse a una simple regulación por el mercado)
pero, a la vez, corresponde al orden político fortalecer a la sociedad civil
para participar en la formulación de las políticas, en la vigilancia de su cumplimiento
y en la realización de las estrategias educativas.
Todo lo anterior fue nuevamente refrendado por
el Foro Mundial sobre la Educación de la Asamblea General de la ONU realizado
en Dakkar, en abril del 2000, o Marco de Acción de Dakar Educación para
Todos, que tomando en consideración la necesidad de la protección especial enunciada
en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño y en la Declaración
de los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General el 20 de noviembre
de 1959, y reconocida en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en particular, en los artículos
23 y 24), en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
(en particular, en el artículo 10) y en los estatutos e instrumentos pertinentes
de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que
se interesan en el bienestar del niño, reiteró entre sus planteamientos importantes:
“Nos reafirmamos en la idea de la
Declaración Mundial sobre Educación para Todos (Jomtien, 1990), respaldada por
la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos
del Niño, de que todos los niños, jóvenes y adultos, en su condición de seres
humanos tienen derecho a beneficiarse de una educación que satisfaga sus necesidades
básicas de aprendizaje en la acepción más noble y más plena del término, una
educación que comprenda aprender a asimilar conocimientos, a hacer, a vivir
con los demás y a ser. Una educación orientada a explotar los talentos y capacidades
de cada persona y desarrollarla personalidad del educando, con objeto de que
mejore su vida y transforme la sociedad”. (apartado 3).
“La educación es un derecho humano
fundamental, y como tal es un elemento clave del desarrollo sostenible y de
la paz y estabilidad en cada país y entre las naciones, y, por consiguiente,
un medio indispensable para participar en los sistemas sociales y económicos
del siglo XXI, afectados por una rápida mundialización. Ya no se debería posponer
más el logro de los objetivos de la Educación para Todos. Se puede y debe atender
con toda urgencia a las necesidades básicas de aprendizaje”. (apartado
6).
Estos compromisos se generalizan a todos los
niveles y necesidades de la educación, singularizando en su apartado 7, lo referido
a la educación de la primera infancia, respecto a la cual se comprometen con
el siguiente objetivo:
“Extender y mejorar la protección
y educación integrales de la primera infancia, especialmente para los niños
más vulnerables y desfavorecidos”... (inciso i).
Tras Dakar, otro informe internacional de radical
importancia respecto a la educación de la primera infancia y que refuerza considerablemente
la idea y concepción de la significación de esta edad para el desarrollo del
individuo, lo es la Declaración de Panamá, de julio del año 2000.
En esta Declaración, las ministras y ministros
de educación de los países iberoamericanos, conciertan una serie de acuerdos
de extrema relevancia, en el que reconociendo el pronunciamiento hecho en la
Declaración de La Habana, de la IX Conferencia Iberoamericana de Educación,
en que se señala la necesidad de “reforzar la educación inicial para
favorecer un mejor desempeño de los niños en grados posteriores y como factor
de compensación de desigualdades”, los compromisos expresados igualmente
en la Convención de los Derechos del Niño, la Cumbre Mundial a favor de la Infancia,
La Cuarta Reunión Ministerial Americana sobre Infancia y Política Social, las
Declaraciones de Jomtiem y de Dakar, así como otros pronunciamientos internacionales
y regionales referidos a la atención de los niños como es el Marco de Acción
regional de Santo Domingo, ponen de manifiesto que para lograr una educación
de calidad para todos se requiere impulsar la educación de la primera infancia.
La Declaración de Panamá en este sentido se
plantea una serie de considerandos de los cuales parte para establecer acuerdos
que resultan trascendentales para la atención y educación de los niños en la
primera infancia. Entre estos considerandos referidos expresamente a esta etapa
del desarrollo del individuo se expresan, entre otros:
q Que la educación es
un proceso social interrumpido que comienza desde el momento de la concepción
y se extiende a lo largo de toda la vida, y dentro de ella, la educación inicial
(desde el nacimiento y hasta la educación primaria o básica, según las distintas
acepciones en los países) es una etapa en si misma, en la cual se sientan las
bases para la formación de la personalidad, el aprendizaje, el desarrollo afectivo,
la capacidad de diálogo y tolerancia en las relaciones interpersonales, así
como el entendimiento entre pueblos y culturas.
q Que la educación inicial
es uno de los factores estratégicos para garantizar la equidad, disminuir los
efectos de la pobreza, y promover justicia en pos de la consolidación de la
democracia, la convivencia social, así como en el apoyo al desarrollo económico
y a la competitividad de nuestros países.
q Que una educación inicial
de calidad contribuye a disminuir los índices de repitencia, deserción y sobreedad
en los siguientes niveles, constituyendo así una inversión de alta rentabilidad
social que impacta en la eficacia y eficiencia interna de los sistemas educativos.
q Que, para asegurar la
calidad del nivel inicial, son necesarias políticas públicas, amplias e integrales,
que involucren a todos los sectores y actores sociales, así como una articulación
armoniosa y corresponsable entre las familias, las comunidades locales, las
organizaciones sociales y las instituciones educativas.
Otros considerandos son de igual manera importantes
como son los referidos a las funciones indelegables que tienen los Estados de
complementar la función educativa de las familias, y que las autoridades educativos
tienen la obligación de diseñar y promover políticas orientadas al fortalecimiento
de la educación inicial; y que son necesarios grandes esfuerzos para la extensión
de este sistema educativo previo a la educación obligatoria.
Sobre estos considerandos, la Declaración de
Panamá confirma acuerdos que, previamente delineados en los anteriores encuentros
internacionales, se refrendan de forma mucho más enfática en la misma, los cuales
se reflejan total o parcialmente a continuación, tales como:
“Reafirmamos una vez mas el valor
de la educación inicial como una etapa fundamental para el desarrollo de la
personalidad, el logro de una educación de calidad para
todos, y para la construcción de la ciudadanía de los niños iberoamericanos,
su capacidad de aprendizaje, de relacionarse con los demás, y de realizarse
como seres humanos”. (acuerdo 5).
“Realizaremos esfuerzos para que
la asignación de recursos económicos y financieros previstos en los presupuestos
nacionales, y los provenientes de la cooperación internacional, expresen la
importancia de la educación inicial en el marco de las políticas de infancia
como un indicador de la voluntad de los estados hacia este nivel... (acuerdo
8).
“Señalamos la importancia de fortalecer
la especificidad y especialización del nivel inicial, en una estrategia de desarrollo
articulado con los demás niveles del sistema educativo, ... (acuerdo 11).
“Propiciaremos instancias de formación
y actualización de personal docente y de apoyo para la educación inicial...
(acuerdo 12).
“Avanzaremos hacia la institucionalización
de políticas y programas sostenibles de educación inicial de calidad”.
(acuerdo 16).
Todo lo anterior se resume en un acuerdo final
que por su importancia y extensión refleja la enorme significación que en la
actualidad los países están dando a la educación de las primeras edades:
>“Instaremos a la Organización de Estados
Iberoamericanos a que incorpore a su programación acciones orientadas a la promoción
de la educación inicial, a través de modalidades de cooperación horizontal,
y coordine con otros organismos internacionales y subregionales actividades
tendientes al desarrollo del nivel inicial, tales como el diseño y desarrollo
de programas focalizados, diseño y desarrollo curricular, investigaciones y
estudios, diseños de materiales educativos, intercambio de experiencias”.
(acuerdo 18).
Es evidente que la importancia concedida a la
educación inicial a los inicios del siglo XXI revela de manera ampliamente expresada
la magnitud de tal empeño, en el que se destaca una progresiva concienciación
hacia la crucial significación que tiene para el desarrollo del ser humano la
atención y educación de los niños desde el nacimiento y durante toda la primera
infancia, base sobre la cual se ha de erigir todo el sistema de educación general
del individuo.
Un informe internacional mucho mas reciente
es el de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), Niños pequeños, grandes desafíos: La Educación y Cuidado de la Infancia Temprana,
presentado en Estocolmo, en junio de 2001, en el cual se establecen recomendaciones
a la OCDE sobre el trabajo a realizar para responder a los principales retos
políticos en el campo de la infancia temprana.
A partir de una definición clara del término
educación y cuidado de la infancia temprana (ECIT), que incluye todas las
ofertas para el cuidado y educación para niños por debajo de la edad de escolarización
obligatoria, sin importar el lugar, la financiación, el horario o el contenido
de programa, en los resultados de este informe de la OCDE se subraya que
los primeros años de vida constituyen el primer paso en un proceso de aprendizaje
que dura toda la vida y que los servicios para la infancia temprana se consideran
cada vez más, como un elemento clave de las agendas nacionales de políticas
educativas, sociales y familiares.
En este informe se afirma que los países han
usado distintos enfoques para el desarrollo de políticas en este campo. Políticas
que están profundamente incrustadas en los contextos, valores y creencias particulares
de cada país.
En particular, la política y servicios para
la infancia temprana están fuertemente vinculados a las creencias culturales
y sociales sobre los niños pequeños, los papeles de las familias y el gobierno
y los propósitos de la educación y cuidado de la infancia temprana dentro y
a través de los países.
En el informe se costata que se ha experimentado
un incremento en las políticas de atención a la educación y el cuidado infantil
en los países miembros de la OCDE durante la última década. Los políticos
han reconocido que el acceso equitativo al cuidado y la educación de la primera
infancia de calidad puede reforzar los cimientos del aprendizaje durante toda
la vida de todos los niños y apoyar las grandes necesidades educativas y sociales
de las familias.
La OCDE, basándose entonces en los informes
preliminares, los informes por países y otros materiales reunidos explora siete
tendencias políticas actuales a través de los países en referencia a la educación
de la infancia temprana, las cuales son:
(1) la expansión de los servicios hacia
el acceso universal;
(2) aumento de la calidad de los servicios;
(3) promoción de la coherencia y coordinación
entre política y servicios;
(4) consideración de estrategias que
aseguren la inversión adecuada en el sistema;
(5) mejora de la formación de personal
y condiciones de trabajo;
(6) desarrollo de marcos de referencia
pedagógicos apropiados para los niños pequeños; e
(7) involucrar a padres, familias y
comunidades.
Para, finalmente plantear ocho estrategias para
organizar las políticas de manera que promuevan el bienestar del niño en la
infancia temprana y de sus familias:
§ Un enfoque sistemático
e integrado sobre el desarrollo y puesta en práctica de políticas requiere
una visión clara de la infancia, desde el nacimiento hasta los ocho años, en
la política de ECIT y marcos de referencia políticos coordinados a niveles centralizados
y descentralizados. Un ministerio debe hacer de guía en cooperación con
otros departamentos y sectores para apoyar el desarrollo de políticas coherentes
y participativas que respondan a las necesidades de diversos niños y sus familias.
Los vínculos entre servicios, profesionales y padres también ayudan a promover
la coherencia en los servicios para los niños.
§ Una relación fuerte
y de igualdad con el sistema educativo que apoye el aprendizaje para toda la
vida, desde el nacimiento, ayudando a que las transiciones sean suaves
para los niños y reconociendo la ECIT como una parte importante del proceso
educativo. Las relaciones fuertes con el sistema educativo proporcionan la oportunidad
de aunar perspectivas y métodos diversos de ECIT y las escuelas, aprovechando
los puntos fuertes de ambos enfoques.
§ Un enfoque universal
al acceso, con atención particular a los niños que necesitan apoyo especial: si bien el acceso a la ECIT es casi universal para los niños mayores de
tres años, se debe prestar más atención a la política (incluso a nivel de padres)
y servicios para lactantes y bebés. Es importante asegurar el acceso equitativo
para que todos los niños tengan iguales oportunidades de obtener una ECIT de
calidad, sin tener en cuenta los ingresos familiares, situación de empleo de
los padres, necesidades educativas especiales o procedencias étnicas o lingüísticas.
§ Inversión pública
sustancial en servicios e infraestructura: aunque la ECIT pueda estar
financiada por una combinación de fondos, existe la necesidad de una inversión
gubernamental sustancial para apoyar un sistema sostenible de servicios accesibles
de calidad. Los gobiernos tienen que desarrollar estrategias claras y consistentes
para distribuir de manera eficiente los escasos recursos disponibles, incluyendo
la inversión en una infraestructura para la planificación a largo plazo y los
esfuerzos para mejorar la calidad.
§ Un enfoque participativo
para asegurar y mejorar la calidad: definir, mejorar y controlar
la calidad debe ser un proceso democrático que involucre al personal, padres
y niños. Se necesitan estándares que regulen todas las formas de servicios,
apoyada de inversión coordinada. Los marcos de referencia pedagógicos encaminados
al desarrollo global del niño a través de las distintas edades pueden ayudar
a mejorar la calidad.
§ Formación y condiciones
de trabajo apropiadas para el personal en todas las formas de servicios: la ECIT de calidad depende de una buena formación de personal y de condiciones
de trabajo justas en todo el sector. La formación inicial y en el empleo pueden
ampliarse para tener en cuenta las crecientes responsabilidades educativas y
sociales de la profesión. Hay una necesidad crítica de desarrollar estrategias
para captar y retener una fuerza de trabajo cualificada y diversa y de ambos
sexos para asegurar que una carrera en ECIT sea satisfactoria, respetada y viable
financieramente.
§ La atención sistemática
al control y recolección de información requiere procedimientos coherentes
para recoger y analizar información sobre el status de los niños pequeños, ECIT
y la fuerza de trabajo en educación de la primera infancia. Se necesitan esfuerzos
internacionales para identificar y atender las lagunas de información existentes
en el campo y las prioridades inmediatas para la recolección y estudio de la
información.
§ Un marco de referencia
estable y una agenda a largo plazo para la investigación y evaluación: como parte de un proceso continuo de mejora, tiene que haber una inversión sustancial
para apoyar la investigación sobre los objetivos clave de política. La agenda
de investigación debe ampliarse para incluir disciplinas y métodos que no están
lo suficientemente representados en la actualidad. Se deben considerar diversas
estrategias para difundir los resultados de la investigación a diferentes públicos.
En este informe de OCDE también se plantea que
otro de los retos planteados es la mejora de la captación, formación y remuneración
de profesionales para la infancia temprana, especialmente de personal responsable
del desarrollo y educación de niños menores de tres años.
A estos informes y declaraciones analizados
previamente se unen otros como el informe del Marco de Acción de Santo Domingo,
el informe del PNUD sobre Desarrollo Humano y Consumo, el de la Oficina Regional
de Educación de la UNESCO “La Educación Preescolar y básica en América
Latina y el Caribe”, los informes de las Cumbres sobre la Igualdad de
la Mujer, la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural,
entre otros, que de una manera u otra, de forma directa o indirecta, abogan
por el acuerdo internacional de brindar atención, cuidado y educación a la niñez,
desde el mismo momento del nacimiento, y en alguna ocasión con referencia incluso
a la etapa prenatal. Esto indica el grado de con concienciación que progresivamente
ha ido creándose en torno a este aspecto tan importante del desarrollo del ser
humano.
Resta ahora a los Estados y gobiernos, así como
a los órganos y organismos nacionales e internacionales que toda esta aspiración
acordada y escrita llegue a ser una realidad.
No obstante, aún prevalece en muchos países
el criterio de que hay que proveer la educación en esta etapa de la vida, para
ayudar a la mujer trabajadora, o para posibilitar su incorporación al proceso
de producción social.
Si bien esto es plausible, no puede constituir el factor fundamental para la atención a la educación de la primera infancia,
pues este concepto la reduce a un enfoque de asistencia y servicio social para
aquellas mujeres incorporadas al trabajo.
Esto, además, va en contra de los postulados
principales de la Conferencia de Jomtiem, que señaló el deber insoslayable de
los Estados de garantizar la educación para todos, así como que la
educación ha de comenzar con el nacimiento, lo cual implica, no solamente propiciar
cuidado, atención y educación de los niños de las madres trabajadoras, sino
de todos los niños, independientemente del papel o status social de sus madres.
Solo así se materializa la real esencia del espíritu de Jontiem.
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