España: Y el Congreso Aprobó la LOMCE

El Jueves 10 de Octubre, la LOMCE se aprueba en el Congreso. Sin que la séptima reforma educativa de la democracia haya sido aprobada aun definitivamente por las Cortes, la mayoría de los grupos de la oposición han ratificado hoy en el Congreso la intención de derogarla y consensuar una nueva en cuanto cambie la mayoría parlamentaria que sustenta al Gobierno.

¿Y ahora qué? El pleno de la Cámara Baja ha aprobado con solo los votos del PP el proyecto de Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), que ahora proseguirá la tramitación en el Senado. PSOE, CiU, Izquierda Plural, PNV, ERC, BNG, CC, Geroa Bai, Amaiur y Compromís acordaron por escrito el 17 de julio pasado «paralizar de forma inmediata» la reforma y «derogarla» en el primer período de sesiones de la legislatura próxima.»Y trabajarán -se comprometieron- para elaborar una nueva ley que cuente con el máximo consenso parlamentario y de la comunidad educativa».

En palabras del Ministro «Queda todavía el trámite del Senado; espero que haya una disposición al diálogo más constructiva«.

Que pasos faltan aún por seguir:

Primero: Tras la aprobación del proyecto de ley por parte del Consejo de Ministros y la posterior la aprobación del Congreso de los Diputados, falta que la apruebe el Senado.

Segundo: Publicación por el Gobierno de los Reales Decretos que regulan el currículo.

Respecto a la fecha de implementación, no se espera en ningún caso que sea antes del curso escolar 2014-15, ya que aún queda por delante el largo trámite parlamentario que se espera para antes del verano. El objetivo del Gobierno es que la ley esté aprobada «en otoño» a fin de que se pueda cumplir el preceptivo plazo de diez meses para la adaptación curricular y la LOMCE pueda estar de facto en las aulas en el curso 2014/2015, es decir, dos años después de su presentación.

SEGÚN FUENTES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN (en nota de prensa), el proyecto de Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa supone:

-Un conjunto de medidas que mejora las condiciones para que todos los alumnos puedan adquirir y expresar sus talentos, y alcanzar su pleno desarrollo personal y profesional, como soporte de la igualdad de oportunidades.
-Un abordaje de los principales problemas detectados en el sistema educativo español sobre resultados objetivos de las evaluaciones realizadas por organismos internacionales.
-Una mirada hacia los sistemas educativos del entorno español, que sugiere la simplificación del currículo, el refuerzo de los conocimientos instrumentales, la flexibilización de las trayectorias, el desarrollo de sistemas de evaluación externa censales y consistentes en el tiempo, la promoción de una mayor autonomía y especialización en los centros docentes, el incremento de la transparencia de los resultados y rendición de cuentas, y la cultura del esfuerzo.
-Una modificación de la actual Ley Orgánica de Educación equilibrada, sostenible en el tiempo y consensuada a través de la participación de todos los sectores políticos, sociales y educativos.
-Un conjunto de medidas para que España se sitúe en el ámbito educativo internacional en la posición que le corresponde, se mejore la formación y preparación de nuestros estudiantes y se pueda converger hacia los objetivos europeos en educación de la Estrategia Europa 2020.

Los objetivos generales son los siguientes:

-Disminuir las tasas de abandono educativo temprano y fracaso escolar.
-Mejorar las condiciones para que los jóvenes tengan mejor y más adecuada formación que les permita acceder a un empleo al término de sus estudios.
-Disminuir el número de alumnos que repiten curso.
-Contribuir a que no haya diferencias entre Comunidades Autónomas.
-Mejorar el nivel de conocimientos en áreas prioritarias y señalizar claramente los objetivos de cada etapa.
-Modernizar la Formación Profesional.
-Incorporar y potenciar las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

Para lograr estos objetivos, la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa contiene las siguientes medidas:

Flexibilización de las trayectorias educativas:

La Ley ofrece un conjunto flexible de trayectorias en función de las necesidades y preferencias de las familias y los alumnos, pero no las impone. Se trata de posibilidades de elección voluntaria.
Las decisiones son reversibles: familias y alumnos pueden modificar su elección en cualquier momento.

Atención personalizada:

3º Primaria: pruebas de detección precoz de dificultades de aprendizaje.
6º Primaria: el equipo docente recomienda medidas para Educación Secundaria Obligatoria (ESO), posibilidad de implantar planes específicos de mejora de centros.
ESO: consejo orientador del equipo docente al final de cada curso.
1º ESO: agrupación de las materias en ámbitos de conocimiento, para facilitar el tránsito entre Primaria y ESO.
2º y 3º ESO: Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento.
3º ESO: elección de Matemáticas orientadas a enseñanzas académicas o aplicadas.
4º ESO: elección de enseñanzas aplicadas o académicas.
Ciclos de FP Básica a partir de quince años: un título académico, además de la cualificación profesional de nivel 1.
Bachillerato: modalidades de Ciencias, Humanidades, Ciencias Sociales y Artes.
Formación Profesional de Grado Medio: materias para facilitar la transición del alumno hacia otras enseñanzas.
Planes de actuación para el desarrollo de altas capacidades intelectuales.
Realización de las evaluaciones adaptada a las necesidades del alumnado con necesidades educativas especiales.
Tecnologías de la Información y la Comunicación para refuerzo.

Cultura de la responsabilidad y el esfuerzo:

Para los alumnos:
evaluaciones finales para obtener títulos de Graduado en ESO y de Bachillerato, por competencias clave o básicas (europeas).
agilidad de los procedimientos de adopción de medidas correctoras: las medidas correctoras tendrán un carácter educativo y recuperador, deberán garantizar el respeto a los derechos del resto de los alumnos y procurarán la mejora en las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.
Para los centros:
autonomía y especialización.
rendición de cuentas y transparencia de resultados.
Para equipo directivo y docente:
acciones de calidad que requieren planificación por objetivos y rendición de cuentas.
aumento del liderazgo del director/acceso tras acreditar la superación de un curso formativo.
autoridad: presunción de veracidad de las declaraciones de profesores y equipo directivo.

La implantación de la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa, SI TODO SIGUE SU CURSO, previsiblemente se realizará en el curso siguiente al de aprobación de la Ley POR EL PARLAMENTO, supondrá un coste consolidado de 255 millones de euros anuales, parte de los cuales dada su naturaleza de elegibles se incorporaran, para ser cofinanciados, a la programación del Fondo Social Europeo correspondiente al período 2014-2020. La mayoría de dichos costes financiaran el nuevo personal necesario para poner en marcha las nuevas medidas que incorpora la reforma educativa.

Mirando atrás:

La Lomce, cuya implantación se prevé que comience en el curso próximo, será la séptima de la democracia, pero la octava de calado en cuatro décadas de reformas:.
– LEY GENERAL DE EDUCACIÓN (LGE).- Entró en vigor en 1970. Estableció la obligatoriedad y gratuidad de la educación básica hasta los 14 años e introdujo una nueva estructura de las enseñanzas: EGB, BUP, COU y FP.
– LEY ORGÁNICA DEL ESTATUTO DE CENTROS ESCOLARES (Loece), de junio de 1980 (Gobierno de UCD). Introdujo un modelo democrático en la organización de los centros docentes y reguló la creación de órganos colegiados de gobierno con representación de toda la comunidad educativa, como asociaciones de padres.
– LEY ORGÁNICA REGULADORA DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN (LODE). Fue aprobada en 1985 (PSOE). Mantuvo la estructura de las enseñanzas, pero cambió el antiguo sistema de subvenciones a colegios privados por uno nuevo de conciertos.Reconoció el derecho de profesores, alumnos, padres y personal de administración y servicios a participar en la gestión y funcionamiento de los centros sostenidos con fondos públicos.
– LEY ORGÁNICA DE ORDENACIÓN GENERAL DEL SISTEMA EDUCATIVO (Logse).- Comenzó a aplicarse en el año 1992 (PSOE). Fijó la escolaridad obligatoria hasta los 16 años, el descenso de 40 a 25 alumnos por clase y la enseñanza de asignaturas impartidas por profesores especializados (idiomas, música o educación física).Dividió los ciclos académicos en Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato y FP.
– LEY ORGÁNICA DE PARTICIPACIÓN, EVALUACIÓN Y GOBIERNO DE LOS CENTROS DOCENTES (Lopeg).- Noviembre de 1995 (PSOE). Otorgaba a los centros una mayor autonomía y obligaba a los concertados a admitir a alumnos de minorías sociales.
– LEY ORGÁNICA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN (LOCE).- Aprobada en diciembre de 2002 (PP), cuya aplicación paralizó el PSOE en 2004.La ley establecía diferentes itinerarios en la secundaria, una «reválida» al final del Bachillerato y la asignatura de religión evaluable y computable.
– LEY ORGÁNICA DE LA EDUCACIÓN (LOE).- De 2006 (PSOE). Incluye la asignatura de Educación para la Ciudadanía y mantiene la de religión como optativa. Permite pasar de curso al superar todas las materias o con dos suspensos, como máximo, como norma general.