REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS ENSEÑANZAS MÍNIMAS DEL SEGUNDO CICLO DE LA EDUCACIÓN INFANTIL

En las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Infantil, que se implantarán en 2008-2009, el currículo se orienta al «desarrollo integral y armónico» de los alumnos en los planos físico, motórico, emocional, afectivo, social y cognitivo, así como una aproximación a una lengua extranjera.La etapa, voluntaria y gratuita, se organiza en tres áreas de aprendizaje integrado: Conocimiento de sí mismo y autonomía personal conocimiento del entorno lenguajes: Comunicación y representación

Dichas áreas de aprendizaje tienen, pues, como premisa la interacción del niño con su entorno, algo aún más necesario en estos años que en cualquier otra etapa de la educación. Así , la enseñanza debe tener en cuenta el ritmo y el estilo de maduración, desarrollo y aprendizaje de cada niño, por lo que la afectividad, las características personales, y las necesidades e intereses concretos de cada alumno deben pesar en la práctica educativa en esta etapa de su formación.

Precisamente, a los centros les corresponde desarrollar y completar, en su caso, el currículo establecido por las administraciones educativas, y se concede asimismo relevancia a la participación y colaboración con las familias. Todo ello con el fin principal de propiciar la aproximación de los niños y niñas a la interpretación del mundo, así como de fomentar su participación en él.

Según el Real Decreto, los fines de la Educación Infantil deben ser contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños y las niñas, así como conseguir que elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada, y adquieran autonomía personal.

Para ello, se han planteado una serie de objetivos: el conocimiento del propio cuerpo y del de los demás, aprendiendo a respetar las diferencias; explorar el entorno familiar, natural y social; adquirir autonomía en las actividades habituales; desarrollar las capacidades afectivas; adquirir puntos elementales de convivencia; desarrollar habilidades comunicativas; e iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, lecto-escritoras y gestuales primarias.

La evaluación en el segundo ciclo de Educación Infantil será global, continua y formativa, basada en la observación directa y sistemática, con lo que se pretende que se conozca el ritmo y la evolución del aprendizaje de cada niño o niña.

Otro de los aspectos destacables del Real Decreto es la atención a la diversidad, especialmente en la adopción de medidas acordes a las características personales, necesidades, intereses y estilo cognitivo de cada alumno, sobre todo en aquellos casos en los que se necesite atender a una necesidad específica de apoyo educativo en los alumnos que presenten necesidades educativas especiales.

NOTA: El Real Decreto de Enseñanzas Mínimas del segundo ciclo de Educación Infantil fue aprobado por el Consejo de Ministros el día 29 de diciembre, pero no entrará en vigor hasta el curso 2008-2009.

Haced click aquí para acceder al REAL DECRETO 1630/2006, de 29 de diciembre,por el que se establecen las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Educación infantil

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